La Corte Constitucional analiza los aspectos laborales de la denominada Ley Humanitaria, aprobada por la Asamblea Nacional para intentar palear las dificultades económicas que trajo la pandemia del Covid-19.
Las 11 demandas de inconstitucionalidad que ingresaron el viernes fueron impulsadas tanto por sectores empresariales como por organizaciones sociales, como el Frente Unitario de Trabajadores (FUT) y la Unión General de Trabajadores (UGT), encabezadas por los sindicalistas, Mesías Tatamuez y José Villavicencio, respectivamente.
Desde el sector productivo se cuestiona la disposición interpretativa del artículo 169 del Código del Trabajo, en el que se menciona que la relación laboral por caso fortuito o fuerza mayor sin indemnización terminará solo cuando la actividad económica del empleador cese de forma total.
El tratamiento de estas demandas por parte de la Corte Constitucional podría autorizarse con un salto en el orden cronológico de las causas, siempre y cuando esto se autorice en el Pleno del organismo.
En caso de que se apruebe alguna de las demandas, la Corte podría dejar sin efecto alguna disposición de la Ley o dejar sin efecto solo parte de ella.(I)
Fuente:www.lahora.com.ec