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Ley de Tránsito puede bloquear a las ‘apps’ móviles de transporte

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By Radio La Tkla on 16 mayo, 2021 Nacionales

La operación de plataformas digitales como Uber, Indriver, Didi, Cabify y otras de transporte terrestre podría restringirse y hasta bloquearse de entrar en vigencia la nueva Ley de Tránsito, aprobada por la Asamblea el pasado 30 de abril.

Así lo advierte la Cámara de Innovación y Tecnología Ecuatoriana (Citec). El gremio remitió una carta al Ejecutivo para que vete dos puntos de esta iniciativa legal.

Según Juan Sebastián Salcedo, director de esa Cámara, el artículo 62a de esa iniciativa legal reconoce el rol de las plataformas en el transporte terrestre, lo cual es positivo.

Sin embargo, ese mismo artículo dispone que esas herramientas digitales no pueden aplicarse al transporte particular, con lo cual, según la Citec, se bloquearía su operación.

“No vemos una razón para que se bloquee el servicio de transporte particular que brindan las plataformas, cuando es un medio con el cual los ciudadanos optan por transportarse”, explicó Salcedo.

Según datos de la Cámara, durante la pandemia, desde marzo del 2020 hasta este mes, 147 000 personas han utilizado una de estas aplicaciones por primera vez para movilizarse.

Para el exasambleísta Fafo Gavilánez, titular de la Comisión Ocasional de Tránsito, que trató esta Ley, la idea no es bloquear la operación, sino regular el servicio. Consideró que la Ley aclara que las plataformas brindan un servicio de transporte comercial y no particular. “No nos alejamos de la tecnología, pero se deben ir regularizando”.

Salcedo señaló que la Cámara no se opone a la regularización, pero cree que la norma tiene errores y podría generar malas interpretaciones.

Otra preocupación es que el segundo inciso del mismo artículo restringe la operación de las ‘app’ a empresas constituidas en el país. El inciso específicamente señala que la Agencia Nacional Tránsito (ANT) y los gobiernos locales regularán y autorizarán el funcionamiento de las plataformas digitales, “siempre y cuando pertenezcan a operadoras debidamente constituidas y cumplan con los requisitos mínimos establecidos en la ley”.

Según el análisis de la Cámara, en este punto de la normativa hay un riesgo, porque pueden excluirse a las plataformas que están operando a nivel mundial, o que brindan este servicio desde el extranjero.

En otros casos, advierte, los municipios podrían exigir requisitos que desnaturalizarían el servicio, como un color específico de los autos.

Para Fernando Cadena, presidente de la Unión de Taxistas de Pichincha, la nueva Ley prevé que el servicio de transporte de taxi se brinde solo con vehículo autorizados, “y eso solo tenemos nosotros, los taxis legales”.

El exasambleísta Gavilánez dijo que las plataformas que actualmente operan en el país podrán funcionar normalmente, pero deberán ser reguladas por los gobiernos autónomos descentralizados y, además, tener los permisos de operación debidamente obtenidos.

Además, aclaró que la ley pretende establecer normas mínimas para todos. “Por ejemplo, en la actualidad hay conductores que trabajan con estas plataformas y no tienen licencia de conducir profesional, cuando es un requisito en el sector formal”.

Las plataformas digitales no han emitido un pronunciamiento oficial sobre estos cambios. Cabify informó que, por el momento, se abstiene de emitir su postura frente a las reformas a la Ley de Tránsito.

El presidente Lenín Moreno tiene hasta el 23 de mayo próximo para allanarse o vetar el texto.

En el país los ajustes legales para aplicaciones empezó el año pasado cuando se gravaron con el impuesto al valor agregado. El Servicio de Rentas Internas prevé recaudar este año USD 19 millones por este tributo.

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